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La ventilación de los locales públicos

Texto: Redacción

Otra normativa que se debe considerar es el Reglamento de Instalaciones Térmicas (RITE), el Real Decreto 1027/2007 de 20 de julio, que transpone la directiva 2002/91/CE de eficiencia energética de los edificios. Contempla las condiciones de ventilación que han de cumplir los locales y aporta referencias sobre caudales en relación con las actividades desarrolladas en ellos, así como la velocidad media del aire, la calidad del aire recibido y diversos métodos de evaluación de contaminantes.

Algunos locales optaron por prohibir el tabaco

El RITE es una referencia bastante amplia para la evaluación de la calidad del aire en los espacios interiores, y es notable la mejora percibida en las condiciones de muchos locales públicos desde que se aprobaron este reglamento y la Ley de Medidas frente al Tabaquismo. Ahora, los fumadores son más respetuosos con los no fumadores y la sociedad parece haber aceptado la importancia de respetar la no exposición a los riesgos del humo del tabaco.

No obstante, todavía no existe una concienciación expresa en lo relativo a las condiciones que han de cumplir la ventilación y la calidad del aire que se respira en el interior de las viviendas o de los locales de pública concurrencia.

A pesar de esta cierta sensibilidad social hacia los malos humos del tabaco, aún se pueden encontrar numerosos locales en los que las máquinas de renovación del aire permanecen inactivas, debido a que los inspectores sanitarios no inciden en la exigencia del uso de la extracción. Esta situación está provocando irritaciones molestas en los ojos y daños en el sistema respiratorio del público afectado.

Como sucede con otras medidas correctoras, una solución podría ser la obligatoriedad de instalar detectores que activaran los motores de renovación aérea cuando los locales alcanzasen los niveles máximos de contaminación establecidos en el RITE.




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